Si
se revisa con cuidado la enunciación de todo el numeral agrario, se
observa que allí está contenida en líneas generales, la concepción sobre
Tierra y Territorio, que dos meses después en Oslo, ampliara el
comandante Iván Márquez, en su discurso de formalización internacional
del inicio de los diálogos de paz.
El primer punto del acuerdo firmado en
agosto en la Habana por el Estado colombiano y las FARC –Ep, sobre
“política de desarrollo agrario integral”, en el primer sub-tema se lee
lo siguiente: “El desarrollo agrario integral es determinante para
impulsar la integración de las regiones y el desarrollo social y
económico equitativo del país”. Si se revisa con cuidado la enunciación
de todo el numeral agrario, se observa que allí está contenida en líneas
generales, la concepción sobre Tierra y Territorio, que dos meses
después en Oslo, ampliara el comandante Iván Márquez, en su discurso de
formalización internacional del inicio de los diálogos de paz.
No es mi deseo fatigarlos repitiendo
cifras o datos, sino destacar para aquellos a quienes les cortaron la
trasmisión, dos aspectos íntimamente entrelazados, que fueron esbozados
por él al inicio de su discurso; para luego contrastarlos con la
realidad constitucional vigente en el País. Uno, los datos básicos del
actual problema agrario y dos, el concepto cualitativo de Tierra como
Territorio, reforzado con una cita del nuestro padre Simón Bolívar. Dijo
así:
“Más de 30 millones de colombianos
viven en la pobreza, 12 millones en la indigencia, el 50% de la
población económicamente activa, agoniza entre el desempleo y el
subempleo, casi 6 millones de campesinos deambulan por las calles
víctimas del desplazamiento forzoso. De 114 millones de hectáreas que
tiene el país, 38 están asignadas a la exploración petrolera, 11
millones a la minería, de las 750 mil hectáreas en explotación forestal
se proyecta pasar a 12 millones. La ganadería extensiva ocupa 39.2
millones. El área cultivable es de 21.5 millones de hectáreas, pero
solamente 4.7 millones de ellas están dedicadas a la agricultura,
guarismo en decadencia porque ya el país importa 10 millones de
toneladas de alimentos al año.
Aquello que fue causa esencial del
alzamiento armado y de una heroica resistencia campesina, a lo largo del
tiempo se ha agudizado. La geofagia de los latifundistas acentuó la
desequilibrada e injusta estructura de la tenencia de la tierra. El
coeficiente GINI en el campo alcanza el 0,89. ¡Espantosa desigualdad!
Los mismos datos oficiales dan cuenta de que las fincas de más de 500
hectáreas corresponden al 0.4% de los propietarios que controlan el
61.2% de la superficie agrícola. Se trata de una acumulación por
desposesión, cuya más reciente referencia habla de 8 millones de
hectáreas arrebatadas a sangre y fuego a través de masacres
paramilitares, fosas comunes, desapariciones y desplazamiento forzoso,
crímenes de lesa humanidad, acentuados durante los 8 años de gobierno de
Uribe, todos ellos componentes del terrorismo de Estado en Colombia.
Para nosotros, el concepto Tierra
está indisolublemente ligado al Territorio; son un todo indivisible que
va más allá del aspecto meramente agrario y que toca intereses
estratégicos, vitales, de toda la nación. Por eso la lucha por el
territorio está en el centro de las luchas que se libran hoy en
Colombia. Hablar de tierra significa para nosotros hablar del territorio
como una categoría que además del subsuelo y el sobresuelo entraña
relaciones socio- históricas de nuestras comunidades que llevan inmerso
el sentimiento de patria, que concibe la tierra como abrigo, y el
sentido del buen vivir. Al respecto debiéramos interiorizar la profunda
definición del Libertador Simón Bolívar sobre qué es la patria, nuestro
suelo, nuestro territorio: “Primero el suelo nativo que nada -nos dice-,
él ha formado con sus elementos nuestro ser; nuestra vida no es otra
cosa que la esencia de nuestro propio país; allí se encuentran los
testigos de nuestro nacimiento, los creadores de nuestra existencia y
los que nos han dado alma por la educación; los sepulcros de nuestros
padres yacen allí y nos reclaman seguridad y reposo; todo nos recuerda
un deber, todo nos excita sentimientos tiernos y memorias deliciosas;
allí fue el teatro de nuestra inocencia, de nuestros primeros amores, de
nuestras primeras sensaciones y de cuanto nos ha formado. ¿Qué títulos
más sagrados al amor y a la consagración?”..
Es decir que, a más del problema
jurídico de la propiedad de la tierra, que sirve como relación de
producción dominante en la actual Colombia, el comandante Márquez
planteó también y en paralelo, el esencial problema de la
Territorialidad política reflejada en la constitución de Colombia,
vigente desde 1991.
Repasando algunos detalles
históricos, se puede decir que Colombia inició en 1983, un proceso
ininterrumpido de desconcentración territorial que llamó
“Descentralización”. Sin embargo, todo este proceso de ajuste
institucional, ha tenido como eje central la conservación de un centro
político centralista, donde un solo centro de Poder localizado, por
razones históricas, en el centro de Colombia, la plaza de Bolívar de
Bogotá, toma las decisiones tanto ejecutivas como legislativas y
judiciales para todo el país, sin tener en cuenta las regiones que lo
conforman.
Yendo hacia atrás en la historia
colombiana, el debate moderno actual y científico, se inició
aproximadamente en 1960 en la facultad de ciencias humanas de la
universidad Nacional, donde confluyeron científicos sociales que dejaron
sus huellas profundas en planteamientos escritos; como el maestro
humanista colombo- alemán Ernesto Guhl, el antropólogo Miguel
Fornaguera, junto con sociólogos como el sacerdote Camilo Torres
Restrepo y Orlando Fals Borda, para mencionar solo algunos de ellos.
Los llamados centralistas,
generalmente gamonales miembros de la casta política y los linajes
oligárquicos dominantes; herederos de la constitución ultra centralista,
religiosa y autoritaria de 1886, y partidarios a ultranza de la
división política de Colombia en departamentos, siempre han interpuesto
su Poder, para evitar cualquiera alteración en sus feudos electorales,
que han dado en llamar circunscripciones departamentales. Mientras que
sus oponentes, con un criterio científico, humano y administrativo
actual, a partir del concepto moderno de Territorialidad, plantearon la
necesidad de reformar la organización del Estado colombiano actual, para
que se permitiera la creación de nuevas territorialidades o entes
territoriales, que garantizaran el ejercicio de la autonomía regional,
provincial y local.
Con este debate se llegó a la
Asamblea Constituyente de 1991, donde se pretendió acoger el espíritu de
autonomía, descentralización y regionalización que se agitaba por esa
época, pero sin saber como hacerlo.
Dada las características de la asamblea
constituyente y del proceso de conformación, análisis que corresponde a
otro momento, el resultado no sorprendió: se obtuvo como texto
constitucional final, un sistema de ordenamiento territorial ecléctico,
burocrático y completamente disfuncional, que consagró una estructura
híbrida de departamentos y fusiones de estos en regiones, y terminó
profundizando aún más la crisis político administrativa del país.
Cuando lo que se necesitaba era un claro
re-ordenamiento territorial con regiones autónomas, dotado con una
clara re-distribución de competencias y recursos entre la nación y los
niveles básicos del ordenamiento territorial: las regiones, los
distritos, los municipios, los territorios indígenas y, de las
negritudes. Alguien decía con sorna que en cada región había surgido un
frente guerrillero.
Después de 20 años de haberse
adoptado la nueva constitución y tras el hundimiento de veinte proyectos
legislativos de ordenamiento territorial; finalmente el congreso en su
infinita sabiduría, expidió un remedo de Ley Orgánica de Ordenamiento
Territorial, llamada con el extraño nombre de LOOT. Se trató de una ley
intrascendente, por la misma razón por la cual se expidió:
El
congreso de la república de Colombia, se perpetúa mediante una cultura
política denominada en Colombia “clientelismo “, que tiene articulada en
la presente estructura de los municipios y departamentos, la
organización de sus feudos electorales encadenados en una red
proteiforme y corrupta de adscripciones, favores, contratos, auxilios y
burocracia, que pasan por las comunas, concejos, alcaldías, asambleas y
gobernaciones, para entroncar con las instancias superiores o nacionales
del Poder legislativo, el Poder presidencial y hasta el Poder de las
altas cortes judiciales. Hoy el caso más paradigmático lo constituye la
elección anunciada del uribista enemigo de la paz, el procurador
Ordóñez.
En estas circunstancias, resultaba
para el clientelismo dominante, una inconveniencia política fatal,
promulgar una nueva forma de ordenamiento territorial que desarticulara o
rompiera esa cadena de adscripciones y clientelas, sobre la que gravita
su supervivencia política y económica.
Para superar la gran crisis
económico, social, ambiental y cultural de las regiones, que actualmente
es más marcada como lo indican los datos aportados por el comandante
Márquez, hubiera sido necesario re-plantear todo el ordenamiento
territorial del país y proceder a integrar las regiones buscando su
desarrollo integral y sostenible, dentro de claros criterios de
descentralización política, administrativa y fiscal; de autonomía
regional, de participación social, de transparencia y eficiencia
administrativas; de recuperación y protección del medio ambiente y , de
pluralismo y respeto a la cultura y a la organización económica y social
de las etnias indígenas y, pueblos minoritarios oprimidos como las
negritudes . Lo cual no se hizo y, está aún en mora de hacerse.
Hagamos también para contrastar, un
pequeño repaso a todo este sistema de trabas constitucionales
establecidas en la carta de 1991: En el artículo 151 la constitución
aprobada ordena al congreso de la república expedir diversas leyes
orgánicas, entre las cuales está la relativa a la asignación de
competencias normativas a las entidades territoriales.
De igual manera, en el artículo 288,
remite a la LOOT o Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, la
distribución de competencias entre la nación y los departamentos. En el
artículo 297, ordena la formación de nuevos departamentos. En el
artículo 319 señala el régimen administrativo y fiscal especial para las
áreas metropolitanas, y en el artículo 329, dispone la conformación de
las entidades territoriales indígenas.
Así mismo en el artículo 306, la
constitución colombiana establece las Regiones Administrativas de
Planificación, cuya sugestiva sigla es rap, con personería jurídica,
autonomía y patrimonio propio, con el plausible pero demagógico objeto
de promover el desarrollo económico y social del respectivo territorio.
En el artículo 307, delega en la LOOT establecer las condiciones para
solicitar la conversión de la región en entidad territorial y las
atribuciones, los órganos de administración, los recursos de las
regiones, junto con los principios para la adopción del estatuto
especial de cada región.
Pero, en ese mismo artículo 307, la
tan citada constitución establece el tránsito previo de las regiones
territoriales por las Regiones Administrativas de Planificación, o rap,
condicionando su existencia a la expedición de la LOOT, y por si fuera
poco, en el articulo 306 referido, se vuelve a condicionar la creación
de regiones a la voluntad de los departamentos para asociarse y lo
amarra con un nudo ciego en el artículo 321, con la creación de las
provincias a la voluntad de asociación de los municipios y los
territorios indígenas circunvecinos, que pertenezcan a un mismo
departamento. Con ello, se impidió que para la conformación de las
regiones o de las provincias, pudieran afectarse los territorios
departamentales o municipales; convirtiendo la actual conformación
político- administrativa de Colombia en la dimensión fundamental y casi
única del reordenamiento territorial del país.
Así las cosas, no es difícil llegar a
concluir que el primer punto del acuerdo firmado por el Estado
colombiano y las FARC –Ep, sobre “política de desarrollo agrario
integral” y en especial, el primer sub-tema sobre el “desarrollo agrario
integral como determinante para impulsar la integración de las regiones
y el desarrollo social y económico equitativo del país” ;
necesariamente chocará con las trabas constitucionales enunciadas, las
cuales si se desea avanzar en un proceso de paz, deberá re-plantear
completamente, con el claro concepto aprendido de la experiencia de 1991
de que una constitución por si sola, sin la compañía de los cambios
estructurales económicos sociales, políticos, culturales y porqué no
decirlo morales, que la deben preceder; no constituye un antídoto
definitivo contra ningún embrujo neoliberal autoritario. Por ahora habrá
que seguir en la disyuntiva cruel de poner en la mesa del comedor
combustible en lugar de arepa y etanol en lugar de panela.